Todos estos trámites se han de realizar en la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones de la provincia donde resida el interesado, si bien la solicitud de examen y el pago de las tasas, así como algunos otros trámites, se pueden realizar también a través de Internet sin necesidad de desplazarse a la Jefatura (en el caso de la provincia de Santa Cruz de Tenerife se encuentra en la Calle de la Marina, número 20-5ª planta).

1DIPLOMA DE OPERADOR, para el que hay que superar un examen de aptitud que consta de una primera prueba en la que se han de acreditar conocimientos suficientes de electricidad y radioelectricidad para operar una estación de radioaficionado, y una segunda sobre dominio de la normativa reglamentaria referente a las estaciones de radioaficionado.

2AUTORIZACION DE RADIOAFICIONADO. Tras la obtención del Diploma de Operador, se podrá solicitar de la Administración la Autorización de radioaficionado, que conlleva la concesión de un indicativo con el que se podrá operar una estación (*) propia o de otro radioaficionado.
(*) Las estaciones de radioaficionado pueden ser fijas, móviles o portátiles. Estación fija es la que se instala en el propio domicilio del interesado, estación móvil en un vehículo y portátil es la compuesta por un walky-talky. Se pueden solicitar a la vez licencia para uno, dos o tres tipos de estaciones diferentes.

3LICENCIA DE ESTACION. Para poder hacer uso de la estación propia hay que disponer de la preceptiva Licencia de estación, que puede ser solicitada al mismo tiempo que la Autorización de radioaficionado.
Para solicitar una LICENCIA DE ESTACION hay que presentar una Memoria Técnica de los equipos y antenas que se pretenden instalar. Como norma general las instalaciones fijas deberán ser efectuadas por una empresa instaladora de telecomunicación. Una vez finalizada, se deberá remitir a la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones un boletín de instalación expedido por la empresa instaladora, acreditando la seguridad mecánica y eléctrica del conjunto, salvo que la Jefatura autorice que el radioaficionado efectúe por sus propios medios aquellas instalaciones que por su simplicidad y a la vista de la memoria técnica de la instalación, no presenten riesgos para las personas o los bienes. En cualquier caso, será necesario disponer de un seguro de responsabilidad civil de antenas, que hay que justificar ante la Jefatura.

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